Portada de CCTPEMEX
Último episodio disponible CLAUSULA 14 Listo para escuchar
0:00 17 s

13 Episodios

CLAUSULA 14

CLÁUSULA 14. Los trabajadores sólo perderán su antigüedad cuando a cambio de ella, hayan recibido la indemnización correspondiente.

CLAUSULA 13

CLÁUSULA 13. La antigüedad de los trabajadores de planta no se interrumpirá mientras éstos dejen de prestar sus servicios en los casos siguientes: a) Cuando desempeñen puestos de funcionarios sindicales en los...

CLAUSULA 12

CLÁUSULA 12. Las antigüedades de categoría, departamento, planta, empresa y sindical, que se reconozcan a los trabajadores de planta, no les dan derecho para remover de sus puestos a quienes actualmente los...

CLAUSULA 11

CLÁUSULA 11. A los trabajadores de planta que hayan recibido la liquidación correspondiente a su antigüedad de empresa, si regresaren al servicio del patrón y por alguna circunstancia fueren nuevamente liquidados, su...

CLAUSULA 9

CLÁUSULA 9. Para efectos de jubilación, seguro de vida por fallecimiento, liquidación por: reajuste, renuncia e incapacidad médica de naturaleza ordinaria o profesional y, en su caso, pago de prima de antigüedad...

CLAUSULA 8

CLÁUSULA 8. Los derechos de antigüedad de los trabajadores de planta son propiedad de los mismos; en consecuencia, el sindicato y el patrón se obligan a respetarlos. Para efectos del cómputo de...

CLAUSULA 7

CLÁUSULA 7. Queda a la competencia del patrón girar las instrucciones y órdenes para la ejecución y desarrollo de todos los trabajos en Petróleos Mexicanos y organismos subsidiarios

CLAUSULA 6

CLÁUSULA 6. Las vacantes y puestos de nueva creación a que se refieren las cláusulas anteriores, serán cubiertos conforme a las estipulaciones de este contrato con los trabajadores con derecho escalafonario preferente...

CLAUSULA 5

CAPÍTULO II INGRESOS, VACANTES Y MOVIMIENTOS EN GENERAL CLÁUSULA 5. El patrón, por conducto del sindicato cubrirá las vacantes temporales -salvo aquellos casos comprobados que no se justifiquen-; la cobertura se hará...

CLAUSULA 4

CAPÍTULO II INGRESOS, VACANTES Y MOVIMIENTOS EN GENERAL CLÁUSULA 4. Los puestos de nueva creación definitivos, y las vacantes definitivas siempre que no se deban a reajuste de personal, el patrón las...